Marcelo Sanchez

Cono de surimi al chipotle para lucirte

Si las pruebas, te picas

Te presentamos nuestras video recetas, tutoriales para que los saques de la lata y prepares deliciosos platillos.

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Cono de surimi al chipotle para lucirte

Ingredientes:

  • 1 frasco de salsa Chipotle molida SAN MARCOS
  • 1 paquete de algas Nori de Sushi (Alga Marina) cortadas en triangulas
  • 250 grs de Surimi cortado en tiras
  • 2 tazas de arroz blanco cocido sin sal
  • ½ pepino cortado en tiras 90 grs de queso crema suavizado
  • 2 cucharadas de mayonesa
  • 1 manojo de cebollín
  • ¼ taza de masago (hueva de pez volador).

Elaboración:

01. Mezclar la mayonesa con el queso suavizado y salsa de chipotle molida SAN MARCOS al gusto.

02. Poner arroz sobre el triángulo de hoja Nori al centro.

03. Agregar un poco de la mezcla de chipotle y acomodar el Surimi, pepino y cebollín, cerrar el cono y pegar la punta con un poquito de la mezcla de chipotle

04. Poner al centro un poco de más mezcla del chipotle, el masago y servir.

TIP:
Puede agregar aguacate en lajas dentro del cono.

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Salsa Chipotle Molcajete

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Elaboradas con ingredientes cuidadosamente seleccionados.

Salsa Chipotle Molcajete

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SALSA CHIPOTLE MOLCAJETE

Lata: 215g

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Mensaje de nuestro CEO

Mensaje de nuestro CEO

Hemos desarrollado el presente Código de Ética para proveer a nuestra Junta Directiva, colaboradores, proveedores y público en general un documento oficial que especifique nuestro compromiso con la actuación responsable, ética, transparente y respetuosa.

Es indispensable que lo leas una y otra vez, reflexiones sobre su contenido y te hagas el propósito de orientar tu rutina y tus relaciones en la empresa con base en nuestro Código.

El futuro de nuestra compañía es alentador, pero ese esfuerzo prometedor sólo se hará realidad si todos y cada uno de nosotros cumplimos y nos adherimos al espíritu de nuestro Código día a día, sin excusas, sin excepciones y sin concesiones. Entiende, vive y multiplica dichos principios. Recuerda que la ética y la integridad son nuestros pilares fundamentales para alcanzar las metas de la compañía.

Gracias por tu compromiso,
¡contamos contigo!

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Código de ética

Código de ética

ALCANCE

El Código de Ética de San Marcos es de alcance general e incluye a los miembros del Consejo de Administración, Presidente, Vicepresidentes, Directores, Gerentes y a todos y cada uno de los colaboradores del grupo corporativo. Todos quienes formamos parte de San Marcos aceptamos la responsabilidad personal por el cumplimiento del Código de Ética con lo siguiente: Realizar nuestras labores con honradez, cuidado, diligencia, profesionalismo, imparcialidad e integridad. Poner en práctica las normas éticas más estrictas a fin de mantener la certidumbre y la confianza en nuestra gestión. Leer y comprender el Código de Ética y las consecuencias que se derivan de su incumplimiento.

VALORES CORPORATIVOS

Todos los colaboradores de San Marcos compartimos y vivimos los siguientes valores: - Soy dueño - Sueño en grande - Me apasiona lo que hago - Soy íntegro - Soy excelente - Tengo una gestión sostenible Todas nuestras actividades empresariales y profesionales se basan en el principio de integridad. Actuamos con honestidad y transparencia. Así mismo, mantenemos relaciones de respeto y armonía laboral con una comunicación abierta y sincera, trabajamos en equipo, siempre en búsqueda de la excelencia que se traduce en el desarrollo de la compañía y en oportunidad desde crecimiento personal y profesional para cada uno de los que formamos parte de San Marcos.

LEALTAD A NUESTROS PRODUCTOS

La lealtad a nuestra empresa es un valor muy importante que todo colaborador de San Marcos debe reflejar en todo momento dentro y fuera de la compañía. Todos somos embajadores y representantes de todas y cada una de las marcas que pertenecen al portafolio de las compañías que conforman el grupo corporativo, por lo que preferimos nuestros productos sobre otros.

Los colaboradores comprendemos la calidad de los productos que ofrecemos y por esa razón elegimos libremente el consumo de nuestras propias marcas y evitamos comprar productos de otras empresas que compitan con los nuestros y definitivamente no consumimos productos similares de marcas de la competencia.

En caso de eventos sociales fuera de la compañía a los que seamos invitados, ofreceremos prudentemente nuestras marcas si fuere posible y por ningún motivo nos comportaremos de forma inadecuada.

RESPONSABILIDADES

El Código especifica cómo cada uno de los que formamos parte de San Marcos debemos conducir nuestras actuaciones y nuestras relaciones con compañeros de trabajo, proveedores, clientes y comunidades en las que operamos. Ningún colaborador de la compañía tiene la autoridad para solicitar o realizar cualquier acción que quebrante este Código. Además, el Código no está sujeto a ningún tipo de renuncia o excepciones por ningún colaborador. El Departamento de Compliance conjuntamente con el Departamento de Gente y Gestión, son responsables de promover el conocimiento y difusión del presente código. El Departamento de Compliance será responsable de responder a las consultas relacionadas a su interpretación. Cualquier colaborador que deliberadamente quebrante este Código, permita o autorice a un subordinado quebrantarlo estará sujeto a sanciones disciplinarias, incluyendo el despido.

1.- NORMAS ÉTICAS

1.1 – Integridad y normas de conducta
Todas nuestras actividades empresariales y profesionales se basan en el principio de integridad. Actuamos con honestidad y transparencia.

1.2 – Inclusión y no discriminación
Desarrollamos sin excepción prácticas empresariales y laborales incluyentes y libres de todo tipo de discriminación. Reconocemos en la diversidad una riqueza que promueve la innovación y permite un mejor entendimiento de las culturas con las que trabajamos. Fomentamos el libre intercambio de ideas, pues reconocemos la fuerza del diálogo para la construcción de una cultura de excelencia y el logro de una visión y una misión compartidas.

1.3 – Igualdad de oportunidades en el empleo
Nuestras prácticas de selección de personal están basadas en la igualdad de oportunidades. Nuestros colaboradores desarrollan su plan de carrera en base a la meritocracia y a las evaluaciones objetivas.

Implementamos programas de capacitación para que adquieran nuevos conocimientos que les permitan mejorar sus oportunidades de crecimiento profesional. Compensamos a nuestros colaboradores en función de su desempeño y a través del cumplimiento de políticas objetivas.

1.4.1 – Acoso laboral
Se entiende por acoso laboral el incurrir de manera reiterada en un comportamiento hostil o actitudes que atenten contra la dignidad de un colaborador, independientemente de que este comportamiento venga de una persona que tiene responsabilidades de supervisión o de compañeros de trabajo.

1.4.2 – Acoso sexual
Se entiende por acoso sexual el realizar por cualquier medio requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe con la amenaza de perjudicar su situación laboral o modificar sus oportunidades de empleo independientemente de que sea una relación de supervisor/supervisado.

2.- CUMPLIMIENTO CON LEYES Y REGULACIONES

2.1 – Respeto a la Ley
Nuestras actividades empresariales y profesionales se desarrollarán con estricto apego a las leyes y reglamentos vigentes en cada uno de los países en los que operamos.

2.2 – Política Anticorrupción
Prohibimos y denunciamos los sobornos y cualquier otra forma de corrupción a autoridades y funcionarios públicos. Está prohibido que nuestros colaboradores ofrezcan u otorguen intencionalmente, directa o indirectamente, a un funcionario o empleado público cualquier objeto de valor pecuniario u otro beneficio, como favor, dádiva, regalo, promesa o ventaja, para sí mismo u otras personas a cambio de que dicho funcionario realice u omita cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas. Tenemos prohibido recibir de terceros: pagos indebidos de cualquier tipo, regalos, dádivas o favores que por su valor, sus características o sus circunstancias, pretendan alterar el desarrollo de las relaciones comerciales, administrativas o profesionales en que intervengamos.

Todos debemos leer y aceptar la Política Anticorrupción, la cual forma parte esencial del Sistema de Gestión Antisoborno -SGA- que tiene como objetivo primordial identificar, controlar, monitorear, detectar e investigar situaciones de corrupción que se pudiesen presentar en la compañía. El SGA es de aplicación y cumplimiento obligatorio a todos los colaboradores y todos somos responsables de la efectividad y funcionamiento de este, principalmente cumpliendo con denunciar cualquier acto de corrupción.

2.3 – Respeto a los Derechos Humanos y Laborales
Todas nuestras actuaciones se llevan a cabo bajo el estricto respeto de los Derechos Humanos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Creemos que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca de la persona y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. Respetamos la legislación laboral vigente en cada uno de los países en los que operamos y trabajamos en el marco de lo que establecen los diferentes convenios de la Organización Internacional del Trabajo.

2.4 – Prohibición del trabajo infantil
Prohibimos la contratación de personas menores de (18) años o el mínimo legal local, demandamos de nuestros colaboradores y proveedores la observancia estricta de este principio. Entendemos por trabajo infantil: un trabajo realizado por un niño o niña que no alcance la edad mínima establecida por la legislación local y que por consiguiente impida su educación y pleno desarrollo.

2.5 – Prohibición de trabajo forzoso y obligatorio

Repudiamos el trabajo forzoso, demandamos de nuestros colaboradores y proveedores la observancia estricta de este principio. Entendemos por trabajo forzoso: el trabajo que se realiza de manera involuntaria y bajo amenaza de alguna penalidad. Se refiere a trabajos de régimen de servidumbre, trabajo de esclavitud moderna, y cualquier forma de trata de personas. No se tolerará el uso de castigos físicos o amenazas de violencia, intimidación u otras formas de abuso físico, sexual, psicológico o verbal como método de disciplina o control en el lugar de trabajo.

2.6 – Salud y seguridad en el trabajo
Proveemos de ambientes laborales seguros y de acuerdo a lo que establecen las leyes y normas aplicables. Los colaboradores tienen la obligación de respetar las normas de seguridad e higiene y de utilizar los equipos de seguridad que correspondan.

Todos los que formamos parte de San Marcos consideramos prioritaria nuestra propia seguridad y la de nuestros compañeros. En cada una de las funciones que desarrollamos prevalece la seguridad y la prevención de accidentes en el trabajo.

3.- RELACIONES CON EL PÚBLICO
3.1 – Comunicaciones externas
Mantener una relación transparente y de respeto con los medios de comunicación es fundamental para garantizar la proyección de una imagen acorde con nuestros valores, por lo cual el contacto con los medios de prensa estará a cargo de las personas autorizadas para tal fin. Los colaboradores que sean contactados por algún medio de comunicación deben transferir los datos del contacto al Departamento de Asuntos Corporativos, la cual se ocupará de la solicitud.

3.2 – Comunicaciones en redes sociales o mensajes instantáneos
Incentivamos y valoramos la diversidad e intercambio de ideas de forma respetuosa y adecuada. La publicación de información confidencial o inadecuada por medio de redes sociales o mensajes instantáneos puede perjudicar a nuestra compañía, al grupo corporativo, a nuestras marcas, o a nuestros compañeros.

Recuerda que todo lo que publiques en las redes sociales puede afectar tu imagen y la de la compañía. Utiliza tu buen criterio antes de emitir cualquier opinión, comentario o juicio de valor, para que sean consistentes y estén alineados con los valores y estándares profesionales de nuestra compañía. Para garantizar un uso adecuado de las redes sociales y mensajería instantánea, cumple con lo siguiente:
No divulgues o compartas sin autorización expresa imágenes, videos o informaciones internas de la compañía o del grupo corporativo, que no se hayan divulgado en nuestros propios canales oficiales, incluyendo fotos o videos, documentos internos, capacitaciones, reuniones internas, informaciones financieras, informaciones relacionadas a procesos, planificaciones estratégicas, proyectos, metas, proyecciones comerciales, informaciones sobre clientes, etc.

Todas tus opiniones deben ser estrictamente personales. No manifiestes opiniones dando a entender o que puedan darse a entender que se tratan de posiciones oficiales de la compañía.

No emitas juicios u opiniones que sean discriminatorias o resulten en injurias, difamaciones o calumnias contra cualquier persona, producto, cliente, proveedor, empleado, ex-empleado, competidor o cualquier otra parte relacionada a la compañía.

No compartas con personas ajenas al grupo corporativo correos que recibes en tu cuenta de correo electrónico de la compañía y que contienen información para uso interno.

Tu comunicación debe reflejar siempre respeto hacia las personas, la familia, la comunidad, el medio ambiente y debe estar basada en los valores humanos y los de la compañía.

3.3 – Competencia leal
No desarrollamos ni alentamos ninguna acción que suponga prácticas de competencia desleal. Estamos comprometidos a velar por el cumplimiento de las leyes y normas de la libre competencia. Evitamos hacer comentarios directos o indirectos a terceros sobre productos o servicios de la competencia. Si por alguna razón esto resulta necesario, nuestros comentarios siempre estarán basados en información objetiva y serán comunicados por las personas autorizadas para el efecto.

3.4 – Relaciones con nuestros clientes y consumidores
Las relaciones con nuestros clientes se basan en la equidad, la confianza y el conocimiento mutuo.

Estamos comprometidos con la calidad de nuestros productos y servicios. Desarrollamos relaciones que generan valor compartido, especialmente con los micros, pequeños y medianos empresarios.

Mantenemos una comunicación responsable hacia los consumidores para que puedan ejercer su derecho a elecciones informadas.

3.5 – Relación con nuestros proveedores
La compañía debe asegurar y exigir a todos sus proveedores, incluso potenciales, que mantengan la confidencialidad sobre la información sensible y confidencial de la compañía. En la selección de proveedores, la compañía garantiza un proceso trasparente, donde se otorga la misma información a todos los proveedores y se mantienen reglas uniformes y claras para todos.

Buscamos fomentar relaciones duraderas con nuestros proveedores. Nuestras relaciones están basadas en el trato equitativo y honesto.

Los proveedores deben conocer y adherirse a los principios del presente Código y aplicarlos en el contexto de su propia cultura empresarial.

4.- RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

4.1 – Relación con la comunidad
Estamos comprometidos con una actuación socialmente responsable, respetamos la diversidad cultural, las costumbres y los principios de las comunidades en las que operamos.

Así mismo, buscamos desarrollar actividades que favorezcan el desarrollo económico y social de dichas comunidades.

4.2 – Medio ambiente
Estamos comprometidos con el desarrollo sostenible, por esta razón la protección del medio ambiente constituye una parte integral de todos los procesos que llevamos a cabo.

Fomentamos la calidad de la gestión ambiental promoviendo el crecimiento económico y la competitividad a escala nacional y regional, incorporando las mejores prácticas internacionales para prevenir y minimizar los impactos ambientales de nuestras operaciones. Estamos siempre enfocados a la utilización eficiente de los recursos, a la reutilización y al reciclaje.

Creemos en el desarrollo que satisface las necesidades actuales de las personas sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las suyas.

Establecemos alianzas con las comunidades y los gobiernos locales para promover una adecuada gestión ambiental.

5.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE ACTIVOS

5.1 – Confidencialidad de la información personal
Estamos comprometidos a solicitar y a utilizar exclusivamente aquellos datos de nuestros colaboradores que son necesarios para la eficaz gestión de las actividades empresariales y siempre de acuerdo a lo que establece la Ley. Los colaboradores que por motivo del desempeño de su actividad laboral, tengan acceso a información de otros colaboradores respetarán y promoverán la confidencialidad de esta información y harán un uso responsable y profesional de la misma.

5.2 – Protección de activos
Buscamos siempre la protección del patrimonio de San Marcos. Esto incluye sus bienes tangibles e intangibles, como lo son derechos, marcas, y la información. Mantenemos la confidencialidad de la información a la que tenemos acceso, inclusive si ya no formamos parte de la compañía y somos responsables de la protección de los activos que nos hayan sido encomendados, preservándolos de cualquier pérdida, daño, robo o uso ilegal. Estos activos los utilizamos exclusivamente para las funciones profesionales que nos corresponden y no para fines personales o de terceros.

El mal uso o disposición no autorizada de los bienes y activos de la compañía, que derive en una pérdida o en una contingencia para la compañía, representa una violación al presente Código y se sujetará a las medidas disciplinarias que correspondan según las leyes y regulaciones, así como los reglamentos de trabajo de cada país. Se consideran bienes de la compañía, sin limitarse a estos ejemplos, tanto los tangibles: inventarios, activos fijos, e inmuebles, como los intangibles: patentes, marcas, registros, formulas, sistemas, permisos, bases de datos, planes comerciales, información del grupo corporativo y similares.

5.3 – Uso y gestión de la información financiera y no financiera
La información financiera y los resultados de sus operaciones deben registrarse de acuerdo con los requisitos legales y los principios contables generalmente aceptados. Toda persona que tenga bajo su responsabilidad la elaboración, procesamiento y registro de esta información es responsable de la veracidad, integridad, exactitud y precisión de la misma. Con la misma veracidad, exactitud y precisión deben realizarse los registros de procesos y los reportes de todas las áreas de la compañía, esto incluye entre otros registros de calidad, comerciales, gastos, resultados de las operaciones, evaluaciones de desempeño y programas de excelencia.

La manipulación y alteración de reportes contables y estados financieros u otro tipo de registro o reporte es considerada una falta grave.

Todos los colaboradores están obligados a proteger la información de la compañía que no sea pública y a no revelarla a ninguna persona fuera de la misma, esto incluye información financiera, comercial, de patentes, planes de mercadeo, etc.

Únicamente el área de Asuntos Corporativos puede dar a conocer públicamente información de la compañía.

6.- OBSEQUIOS, INVITACIONES Y GRATIFICACIO

No aceptamos obsequios, invitaciones, gratificaciones, hospitalidades o atenciones de clientes actuales o potenciales, proveedores, o funcionarios públicos que puedan comprometer nuestra capacidad de tomar decisiones comerciales objetivas.

Se consideran obsequios y atenciones no sólo regalos tangibles con valor comercial, sino también invitaciones a comidas, viajes, entradas a conciertos, seminarios, congresos, ferias y otras actividades similares.

Si tienes alguna duda sobre cómo proceder en los casos anteriores, dirige tu consulta o duda al área de Compliance a través del Portal de Compliance, disponible en: https://www.portaldecomplianceglobal.com/

Las invitaciones de proveedores a seminarios, ferias industriales y reuniones técnicas deben ser autorizadas por el Director o VP del departamento correspondiente y de manera anticipada, tomando en cuenta el valor agregado que dichos conocimientos o actividades pueden generar para la incorporación de nuevos procesos o tecnologías en el área respectiva, y siempre y cuando estas invitaciones no comprometan la capacidad de toma de decisiones objetivas y se considere únicamente los intereses de la compañía.

En ocasiones especiales se autoriza a colaboradores de la compañía la aceptación de regalos que no superen los US $10.00 (diez dólares americanos).

Se informará a los clientes y proveedores sobre esta política de la compañía.

Si aun así un colaborador recibe un obsequio por un valor que supere este monto, inmediatamente lo direccionará al Departamento de Gente & Gestión que lo destinará a causas benéficas o podrá realizar una rifa con los obsequios que reciba.

7.- CONFLICTOS DE INTERÉS

En San Marcos tenemos el compromiso de llevar a cabo nuestros negocios y actividades de forma tal que la toma de decisiones en todo ámbito sea objetiva y no se vea influida por intereses personales. Este código proporciona los lineamientos para prevenir, identificar, comunicar y manejar los conflictos de interés.

Conflicto de interés
Es una situación en la que los intereses privados de una persona interfieren o puede entenderse que interfieren con el cumplimiento de sus funciones laborales. Se puede producir un conflicto de interés cuando un colaborador antepone sus intereses personales a los de la compañía y cuando dichos intereses personales influyen de forma indebida en su criterio comercial, sus decisiones o acciones en su función. Emitir juicios, tomar decisiones o acciones cuando el colaborador se enfrenta a un conflicto de interés puede dificultar el desempeño objetivo de sus labores y puede tener consecuencias legales y regulatorias, por ello debes de comunicar el conflicto de interés en el Portal de Compliance para poder analizarlo.

Algunos ejemplos de situaciones en las que pueden surgir conflictos de intereses son:

7.1 – Relaciones personales en el lugar de trabajo
Contratación o supervisión de una persona con la que se tiene relación estrecha. Se entiende por relación estrecha, una relación familiar por afinidad o consanguinidad, así como personas con quienes conviva el colaborador dentro de su núcleo familiar, aunque no tenga parentesco directo.

Esta política incluye también las relaciones que pueda tener un colaborador de San Marcos con un proveedor, cliente o miembro de la competencia. Como mínimo, se deben considerar los grados de parentesco establecidos en la legislación del país en que opera el colaborador. San Marcos considera que una relación de cualquier tipo entre colaboradores es un asunto privado, sin embargo se procurará evitar situaciones en las que los intereses personales puedan entrar en conflicto con los de la compañía.

7.2 – Funciones externas
Formar parte de algún consejo de administración, junta directiva o tener o haber tenido funciones de consultoría o asesoramiento a entidades que son competidores directos de San Marcos, independientemente de si las funciones sean o hayan sido retribuidas.

7.3 – Actividades comerciales o externas
Tener un segundo empleo en la empresa de un cliente, proveedor o competidor de San Marcos. Tener una participación importante (accionaria o administrativa) en una empresa proveedora o cliente de San Marcos y estar en un puesto o en condición de influir en las negociaciones de San Marcos para favorecer a dichas entidades, por virtud de su posición (puesto) o sus atribuciones en la compañía.

7.4 – Otras
Tener relaciones de consultoría, administración, empleo, actividades profesionales o comerciales externas, que a pesar de no encontrarse en conflicto directo con los intereses comerciales de San Marcos, puedan ocasionar que el colaborador no esté en condiciones de ejercer su función en la compañía, de acuerdo con los requerimientos de su puesto. Recibir patrocinios por parte de la empresa, ya sea de forma directa o indirecta a través de una asociación o entidad en la que participe de forma activa (Ejemplo: atletas, equipos de fútbol, organizaciones no lucrativas).

Es responsabilidad de todos los empleados de San Marcos prevenir los conflictos de interés; es decir que deben tomar las medidas necesarias para buscar evitar que un conflicto se produzca. En caso se produzca, deberá comunicarlo oportunamente a Compliance a través del Portal de Compliance.

Adicionalmente, es responsabilidad de cada empleado de San Marcos evaluar si existe algún conflicto de interés real o potencial en la ejecución de sus labores.

Es falta grave que un colaborador no revele sobre la existencia de un conflicto de interés real o potencial, lo cual dará lugar a las sanciones correspondientes.

8.- COMITÉ DE ÉTICA Y LÍNEA ÉTICA

8.1 – Comité de Ética
El Comité de Ética está integrado por cinco personas de diferentes departamentos de la compañía, incluyendo su Presidente Ejecutivo, quien es el responsable de la difusión y aplicación del Código de Ética. Estas funciones pueden delegarse o ser ejercidas a través del Departamento de Compliance. Los miembros del Comité son nombrados por el Presidente Ejecutivo y el mismo es coordinado por el Director de Compliance.

8.2 – Línea Ética
Cualquier persona que tenga conocimiento o sospecha fundada de algún incumplimiento del presente Código, a las leyes o a las políticas de la compañía en general, deberá reportarlo a través de cualquiera de los medios disponibles de la Línea Ética de la compañía. Las denuncias podrán presentarse a través del correo electrónico a: denuncias.esm@etictel.com, a través de la plataforma de la Línea Ética: https://ethikosglobal.com/canaldedenuncias/ o por medio de los números habilitados para cada país donde operamos.

Se permitirá la presentación de denuncias anónimas, sin embargo, se promoverá el diálogo y la confianza para que el denunciante aporte sus datos personales.

La compañía no permitirá ningún tipo de represalia en contra del colaborador que haga la denuncia. La persona que ha sido investigada no podrá tomar represalias en contra de compañeros, subalternos, clientes, proveedores, o cualquier otra persona que el colaborador sospeche que lo denunció.

Cualquier actitud que se compruebe que pueden considerarse como represalia por una denuncia recibida, dará lugar a las sanciones correspondientes.

Así mismo, mientras se realiza la investigación respectiva, se mantendrá la confidencialidad del caso por parte de las áreas que sean asignadas para la investigación.

El incumplimiento o violación a lo establecido en el presente Código se considera una falta y será sancionada de acuerdo con la gravedad de la misma, sin perjuicio de otras acciones que deban adoptarse, de acuerdo a la Ley. Serán objeto de sanción las denuncias falsas por las que se compruebe que hubo intención o mala fe de perjudicar a la persona denunciada.

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Política Antifraude y Anticorrupción

Política Antifraude y Anticorrupción

INTRODUCCIÓN:

En Bia aspiramos a ser líderes en nuestro sector respecto al desempeño ético con el cual desarrollamos nuestro negocio, asumiendo los desafíos del entorno retador en el cual nos encontramos. Creemos que la ética y el éxito son complementarios, por lo que, y para alcanzar nuestra visión de contribuir a un mundo mejor, basamos nuestro desempeño en los valores corporativos: soñar en grande, somos dueños, gente excelente, integridad, gestión sostenible, nos apasiona lo que hacemos.

Hemos desarrollado la presente política antifraude y anticorrupción para proveer a nuestros colaboradores, proveedores y público en general de un documento oficial que especifique nuestro compromiso con la transparencia, la lucha contra la corrupción en todas sus formas, incluidas la extorsión y el soborno, a través de una actuación responsable, ética, transparente y respetuosa. Esta política forma parte de nuestro programa global de cumplimiento que aplica para la Junta Directiva, la alta Gerencia, todos los colaboradores y nuestra cadena de valor.

La presente política es un documento donde se definen los limites dentro de los cuales los colaboradores de Bia debemos actuar de conformidad con las leyes y las políticas internas. De este modo protegemos a Bia y nos protegemos a nosotros mismos. Si bien esta política no abarca todas las situaciones o casos, debe considerarse como una guía para actuar con integridad, estableciendo algunos de los principales mecanismos para prevenir los riesgos de fraude y corrupción. Esta política es enunciativa y no limitativa, ya que no se menciona todas las circunstancias que puedan enfrentar los colaboradores, sin embargo, los colaboradores deben actuar siempre bajo los principios y valores de Bia.

OBJETIVOS:
Promover una cultura ética y de valores que ayuden a prevenir, detectar, investigar y remediar eventos de fraude y promover la trasparencia en la gestión de la administración por medio de Junta Directiva y colaboradores.

Gestionar de acuerdo con los valores establecidos por Bia y de una manera estructurada y estratégica, un marco de entendimiento de los factores, esquemas y riesgos de fraude asociados al negocio y su relación con terceros.

Definir los conceptos, criterios y responsabilidades en el cumplimiento de la Política de Anticorrupción y Antifraude;

Garantizar que todas las actividades de Bia obedezcan a los más rigurosos principios aplicables en materia de antifraude y anticorrupción y cumplan con los compromisos asumidos con el Pacto Global de las Naciones Unidas y con otras entidades.

CULTURA ÉTICA:
El Código de Ética traza las pautas generales de comportamiento que deben mantener los colaboradores, de manera que sus actuaciones se ajusten a los valores corporativos y a las obligaciones asumidas en virtud de la relación laboral para asegurar la transparencia en las relaciones internas, con terceros y comunidades en que operemos.

La Política de Compras y la Política de Altas y Bajas de Personal establecen las pautas y principios generales de contratación y compras para todas las operaciones (afiliadas y subsidiarias), con el objetivo de que los procesos se realicen de forma clara, imparcial y objetiva, que garanticen la igualdad de condiciones y oportunidades de los posibles colaboradores y proveedores.

Compromiso de la Administración y los Colaboradores

Es responsabilidad de la Junta Directiva y la alta dirección, asegurar que toda persona en relación laboral con Bia conozca e interiorice los comportamientos y valores claves en el cumplimiento de la presente política, así como el funcionamiento y objetivo del Canal de Denuncias y del canal de Compliance, este último para quienes corresponda su uso.

El departamento de Gente & Gestión, debe informar a través de sus procesos de comunicación interna a todos los colaboradores de Bia, que están obligados a reportar oportunamente cualquier acto de fraude o corrupción del que tengan conocimiento y exhortarlos a que si tienen información de un evento que se considere un incumplimiento al Código de Ética, políticas, procedimientos y valores de Bia que lo reporten inmediatamente a través del canal de denuncias.

Así mismo, deberá motivar a los colaboradores para que realicen las consultas relacionadas a la interpretación del Código y sobre dilemas éticos que se les puedan presentar en el cumplimiento de sus funciones, a través de los canales correspondientes, como una herramienta que contribuya a detectar en forma oportuna un posible fraude o acto de corrupción y establecer las medidas preventivas.

Las Consultas o Denuncias podrán presentarse a:

A través de Correo electrónico: denuncias.cbc@etictel.com

A través de la plataforma del canal de denuncia: https://denuncias.etictel.com/?company=1574

Por medio de los números internos y externos comunicados a cada operación en los manuales de acceso y uso al canal de denuncias.

Buzón físico en las instalaciones de Bia,

Prevención del Riesgo de Fraude:

Con el propósito de prevenir el riesgo de fraude y corrupción Bia llevará a cabo las siguientes medidas:

La debida diligencia:

Bia desarrolla un proceso para evaluar con detalle la naturaleza y alcance de posibles riesgos de soborno, fraude y corrupción que se pueda dar en las diferentes áreas operativas, administrativas y financieras para tomar las decisiones en relación con las operaciones, proyectos, actividades y procesos que estén orientados a prevenir y mitigar dichos riesgos. Este proceso debe quedar debidamente documentado por parte de la Unidad de Riesgos.

La debida diligencia se realizará también para terceros en caso de fusiones y adquisiciones y para la renovación o modificación de fondo de contratos con terceros. Los responsables de estos procesos serán el área legal, auditoría interna, riesgo, y personal a cargo de fusiones y adquisiciones.

El área de riesgos y auditoría interna revisaran periódicamente los planes de prevención y mitigación de riesgos establecidos.

Existirá un programa de capacitaciones periódicas y especializadas para la Junta Directiva, la alta dirección y los demás colaboradores, de acuerdo con su nivel de responsabilidad y si existe relación con terceros sobre los riesgos de fraude o corrupción a los que está expuesta Bia y las consecuencias que éstos podrían tener.

El área de Gente y Gestión deberá de dar inducción sobre la presente política a cada uno de los ejecutivos, gerentes y colaboradores que se vinculen con cualquiera de las empresas del grupo y hacer periódicamente actualizaciones de los conceptos incluidos en la presente política. En los casos determinados por auditoría o compliance en los puestos de riesgo se deberá de realizar anualmente sobre la respectiva capacitación y la firma del formulario sobre la no infracción de la política antifraude y anticorrupción.

NORMAS ESPECIFICAS

Pagos a proveedores:

Todos los pagos a proveedores deben cumplir con el proceso establecido por el departamento de Compras y Finanzas, verificando la entrega en tiempo y forma de los bienes y servicios de acuerdo con lo que establecen los contratos y acuerdos respectivos. Todos los bienes o servicios deben reflejar la naturaleza y finalidad específica de su contratación. Todas las operaciones de pago a proveedores deberán cumplir con los registros contables correspondientes.

Conflicto de interés:

Se puede producir un conflicto de interés cuando un colaborador antepone sus intereses personales a los de la Compañía y cuando dichos intereses personales influyen de forma indebida en su criterio comercial, sus decisiones o acciones en su función. Emitir juicios, tomar decisiones o acciones cuando el colaborador se enfrenta a un conflicto de intereses puede dificultar el desempeño objetivo de las labores en la Compañía y puede tener consecuencias legales y regulatorias.

Es responsabilidad de todos los empleados de Bia prevenir los conflictos de intereses; es decir que se deben tomar las medidas necesarias para asegurarse que un conflicto no se produzca. Adicionalmente, es responsabilidad de cada empleado de Bia evaluar si existe algún conflicto de interés real o potencial en la ejecución de sus labores, tales como relaciones personales, actividades comerciales externas etc.

En el caso de una relación que no se ajuste a la política, la persona o personas deben informar de inmediato sobre la situación a sus supervisores y a la gerencia de Gente y Gestión mediante el Formulario de Declaración y Consulta sobre Conflictos de Intereses, para que se realicen las evaluaciones pertinentes. Es falta grave que un colaborador no revelarla existencia de un conflicto de intereses real o potencial, lo cual dará lugar a su baja de la compañía.

Algunos ejemplos de situaciones en las que pueden surgir conflictos de intereses son: relaciones personales en el lugar de trabajo, relaciones con proveedores, actividades profesionales o comerciales externas y todas aquellas que estén contempladas en el Código de Ética.

Obsequios:

Está prohibido que los colaboradores de Bia reciban de terceros: pagos indebidos de cualquier tipo, regalos, dádivas o favores que, por su valor, sus características o sus circunstancias, pretendan alterar el desarrollo de las relaciones comerciales, administrativas o profesionales en que intervengan.

En ocasiones especiales se autoriza a colaboradores de Bia la aceptación de regalos que no superen el valor de los US $10.00 (diez dólares americanos). Se informará a los clientes y proveedores sobre esta política de la compañía. Si aun así un colaborador recibe un obsequio por un valor que supere este monto, inmediatamente lo direccionará al Departamento de Gente & Gestión que lo destinará a causas benéficas.

Se consideran obsequios y atenciones no sólo regalos tangibles con valor comercial, sino también invitaciones a comidas, viajes, invitaciones a eventos de cualquier naturaleza y otras actividades.

Las invitaciones de proveedores a seminarios, ferias industriales y reuniones técnicas deben ser autorizadas por el Director o VP del departamento correspondiente y de manera anticipada, tomando en cuenta el valor agregado que dichos conocimientos y actividades pueden generar para la incorporación de nuevos procesos y tecnologías en el área respectiva siempre y cuando estas invitaciones no comprometan la capacidad de toma de decisiones objetivas y considerando únicamente los intereses de la compañía.

REGLAS GENERALES PARA LA ENTREGA DE DONACIONES, REGALOS O CORTESÍAS.

Prohibiciones:

No se puede realizar ningún tipo de donación, regalo, o cortesía a ningún funcionario público cuya entidad tenga bajo su cargo en ese momento la gestión de permisos, licencias o algún tipo de autorización que afecte a Bia, sea de forma directa o indirecta (por ejemplo, a familiares o amigos del funcionario).

No se puede realizar ningún tipo de donación, reglado o cortesía, entradas a eventos o invitaciones para funcionarios públicos cuando sean de beneficio propio y exclusivo del funcionario, familiares o personas relacionadas.

Fines Humanitarios:

Se podrán otorgar donaciones de producto o bienes a entidades públicas siempre y cuando la función o el uso de los mismos sea con fines humanitarios y que persigan el bien público y siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

Estar orientados al bienestar de la comunidad o con fines humanitarios.

Seguir el procedimiento del canal de Compliance y la debida autorización otorgada a través de dicho canal.

Estar debidamente presupuestados

Contar con la documentación de respaldo que incluye: solicitud del representante, descripción de la actividad y de los beneficiarios, entre otros.

Documentar la realización del evento y la recepción de la donación con recibos oficiales y de registro contable.

Se podrán realizar donaciones de producto especialmente agua, en caso de desastres naturales a entidades públicas responsables de la atención de este tipo de situaciones. En estos casos también deberá solicitarse autorización por medio del canal de Compliance y la entrega deberá ser respaldada con documentos oficiales y de registro contable.

Donaciones a Organizaciones No Gubernamentales, Organismos Internacionales y otras entidades privadas

Las donaciones a organizaciones no gubernamentales, Organismos Internacionales y a otras entidades privadas deben cumplir con los siguientes requisitos:

Verificar que no tenga relación con funcionarios o entidades públicas

Tener fines de impacto social, comunitario o humanitario y estar alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible que son apoyados por Bia

Estar respaldadas por un convenio o acuerdo que especifique los objetivos y metas a alanzar por medio de la donación

La Organización No Gubernamental debe estar debidamente inscrita y registrada de acuerdo con los requisitos de cada país para el desempeño de los fines para los que se otorga la donación.

La donación puede ser monetaria o en especie y debe estar debidamente presupuestada

Deberá cumplir con el procedimiento del canal de Compliance y la debida autorización otorgada a través de dicho canal.

La recepción de la donación debe documentarse mediante recibos oficiales y documentos de registro contable.

Partidos Políticos:

Está prohibido otorgar donaciones, regalos, cortesías, préstamos o alquiler de mobiliario, equipo, medios de transporte o cualquier otro tipo de apoyo a partidos políticos, candidatos a cargos públicos y miembros de partidos políticos ya sea de forma directa o indirecta.

Rechazo a Pagos de Facilitación y Extorsión:

En Bia no se permiten los pagos por facilitación incluso si se realizan con recursos personales, este tipo de pago es totalmente prohibido.

Rechazo a la Extorsión:

Todo asociado, ejecutivo o persona relacionada con Bia deben rechazar cualquier pedido directo o indirecto de beneficio indebido por parte de terceros (por ejemplo, de funcionarios públicos, proveedores, clientes, comunidades, entre otros).

Si algún colaborador es víctima de extorsión de cualquier naturaleza debe comunicarlo de inmediato a su superior quien lo trasladará al Departamento de Gente y Gestión y al Departamento Legal para la toma de las decisiones necesarias, para garantizar la seguridad del colaborador y proceder con las denuncias correspondientes a los órganos jurisdiccionales competentes.

Contratación de Exfuncionarios:

Bia durante como mínimo los dos años posteriores a la fecha de su cese de funciones, no podrá contratar a ex funcionarios públicos que hayan emitido o firmado resoluciones o decisiones en las que hayan participado y tenga Bia alguna relación con las mismas. No se deben crear, ni utilizar oportunidades de empleo para influenciar indebidamente la toma de decisiones de los funcionarios gubernamentales.

Ofrecer un trabajo a un funcionario gubernamental o contratar a familiares o amigos de un funcionario gubernamental puede considerarse como una oferta de un “objeto de valor” a un funcionario, lo que puede constituir un soborno si existe un propósito inadecuado o algún tipo de interés por parte de Bia o sus subsidiarias por lo que no se debe hablar con funcionarios públicos sobre contrataciones.

Contratación con Entes Públicos:

Todas y cualesquiera contrataciones que involucren un ente público, directa o indirectamente, deben ser sometidas previamente a la aprobación del Canal de Compliance y del Departamento Legal proporcionando toda la información relativa a dicha contratación y al procedimiento utilizado para la misma, el cual debe seguir los términos que las leyes establezcan y ser transparentes, por ejemplo, licitación, cotización, compra directa u otro.

Uso de la Cláusula Anticorrupción:

Todos los contratistas, proveedores y otros terceros que presten servicios, especialmente los que hayan sido identificados como TP Vendors por el Departamento de Compras, deben aceptar por escrito el compromiso de cumplimiento de la política anticorrupción. Toda contratación se realiza por medio de los procesos establecidos por Compras y Finanzas y debe cumplir con todos los procedimientos establecidos por Bia.

Canal de Compliance:

El procedimiento del Canal de Compliance está orientado a confirmar que las solicitudes estén debidamente documentadas y que cumplan con esta política para prevenir la ocurrencia de posibles fraudes, sobornos o corrupción. Toda persona que autoriza el otorgamiento de donaciones, regalos o cortesías de acuerdo al presente inciso y esta Política está obligado a la utilización del Canal de Compliance.

Identificación de Fraude:

Es responsabilidad de la Unidad de Riesgo Corporativos (URC), en conjunto con la Alta Dirección, realizar evaluaciones de riesgo que tengan como objetivo identificar, documentar, gestionar y mitigar los riesgos de fraude a través de los controles diseñados, por lo menos una vez al año. En el caso de adquisición de nuevas operaciones, URC realizará una evaluación inicial para identificar riesgos de fraude y corrupción.

El proceso de identificación, análisis, evaluación, tratamiento y monitoreo de los riesgos de fraude y corrupción se debe realizar de acuerdo con los lineamientos establecidos en los procedimientos y políticas que hagan parte del proceso de gestión de riesgo, a través del programa de prevención de fraude y corrupción que incluye identificación de riesgos por medio de matrices, evaluaciones con uso de herramienta tecnológicas, así como los diferentes procesos y controles con los que cuenta Bia incluyendo las capacitaciones, canales de denuncia y auditorias.

Los eventos de fraude y corrupción identificados por colaboradores o personas ajenas a Bia deben ser reportados al canal de denuncias para que a través del Comité de Ética se leven a cabo las investigaciones correspondientes y las denuncias ante los órganos jurisdiccionales correspondientes si es el caso.

Investigación y Seguimiento:

Las investigaciones se inicien por decisión del Comité de Ética. El Comité de Ética está comprometido con investigar de forma objetiva y exhaustiva todos los eventos de fraude y corrupción reportados a través del Canal de denuncias.

El Comité de Ética, evaluará con un tercero experto independiente o quien sea designado internamente, cuando así se decida de acuerdo con la criticidad, circunstancias, personal involucrado, entre otros aspectos. La decisión la tomará el Comité de Ética, basado en los resultados de investigación y/o las circunstancias particulares de cada caso.

Si alguno de los miembros del Comité de Ética resulta involucrado en una denuncia, será separado del comité, mientras se realiza la investigación y la toma de decisión se realiza sin la persona que está siendo investigada.

El Comité de Ética será responsable de direccionar los casos reportados a las instancias competentes de acuerdo con la clasificación del evento y considerando la normativa vigente en cada país.

Todas las investigaciones serán confidenciales, por lo que toda la Junta Directiva, alta dirección y demás colaboradores que participen en el proceso de investigación tienen la obligación de mantener la información en total confidencialidad, hasta que las sanciones sean comunicadas a las partes involucradas.

El comité de Ética deberá de compartir información (impacto, deficiencias identificadas y plan de acción implementado) de eventos de fraude y corrupción materializados a la Unidad de Riesgos Corporativos con el objeto de que sean ingresados al sistema de gestión de riesgos. El oficial de cumplimiento deberá velar por la implementación de acciones preventivas y correctivas.

La Unidad de Riesgos Corporativos procederá a valorar el riesgo de acuerdo con los eventos históricos para diseñar y ajustar el control existente o diseñar e implementar un control nuevo.

Protección del denunciante de buena fe, política anti-represalia:

Serán objeto de sanción las denuncias falsas por las que se compruebe que hubo intención de perjudicar a la persona denunciada. Cualquier acción por parte de colaboradores que hayan sido investigados por causa de denuncias recibidas, quedan apercibidos de que la compañía no permitirá ningún tipo de represalia en contra de compañeros, subalternos, clientes, proveedores, cualquier otra persona que el colaborador sospeche que lo denunció. Cuando se investigue y sancione por incumplimiento del Código de Ética, la persona investigada y/o sancionada será apercibida de no tomar ningún tipo de represalia contra el denunciante.

Roles y Responsabilidades:

La Junta Directiva está comprometida en promover una cultura de prevención de fraude y corrupción a nivel estratégico y operativo. La Junta Directiva deberá fomentar el respaldo y conocimiento de la presenta política.

El Comité de Ética es responsable de investigar, dar seguimiento y si aplica emitir las sanciones a las denuncias que sean reportadas. El Comité de Ética, Gente & Gestión y la Unidad de Riesgos Corporativos son responsables de definir el contenido de la capacitación de las acciones de prevención de fraude y corrupción y la frecuencia con que se impartirán las mismas.

Gente y Gestión y Asuntos Corporativos apoyaran en la divulgación y concientización de la presente política. Gente y Gestión ofrecerá cursos de formación en función de las responsabilidades laborales para que los colaboradores reciban orientación sobre temas específicos de compliance y los riesgos más importantes en sus respectivos puestos de trabajo, dando a conocer y reforzando el conocimiento de la Política Antifraude y Anticorrupción.

Auditoría Interna es responsable de evaluar la efectividad y cumplimiento de la Política Antifraude y Anticorrupción, por lo menos una vez al año.

La Unidad de Riesgos Corporativos es la responsable del proceso de identificación y valoración de riesgos de fraude o corrupción; y de establecer y actualizar los lineamientos y métodos que sirvan para su identificación, valoración y mitigación.

La Unidad de Riesgos Corporativos tiene la Responsabilidad de revisión y adaptación de la política y el programa de antifraude y anticorrupción. La Unidad de Riesgos Corporativos revisará esta política al menos una vez cada dos años, o ante la solicitud del oficial de cumplimiento o bien por necesidad de actualización de la misma.

Cada colaborador es responsable de aplicar los criterios establecidos en las políticas y procedimientos y deberán actuar con los valores corporativos y lineamientos establecidos en la política Antifraude y Anticorrupción y el Código de Ética, de igual forma es responsable por prevenir, detectar y denunciar eventos de fraude o la corrupción cuando pueda llegar a presentarse, no solo para el beneficio de Bia sino para su propio bien.

Otras Medidas de Control

Bia en cada una de las operaciones implementará las medidas de control para establecer el cumplimiento de los procedimientos de prevención y mitigación de riesgos de fraude, soborno y corrupción y hará revisiones periódicas para determinar si han surgido nuevas posibilidades de riesgo. Así mismo cuando se realicen cambios de estructuras, responsabilidades, fusiones y adquisiciones se revisarán nuevamente los niveles de riesgo y se adoptarán las medidas correspondientes.

Sanciones

El Comité de Ética determinará las sanciones disciplinarias aplicables a los miembros de la Junta Directiva, alta dirección y cada uno de los colaboradores que cometan fraude o corrupción o actúen en forma contraria a lo dispuesto en la presente Política y sus políticas relacionadas. Las sanciones serán determinadas de acuerdo con los resultados de la investigación. El incumplimiento o violación a lo establecido en la política siempre se considera una falta grave por lo que las sanciones van a corresponder a tal clasificación.

La aplicación de las sanciones se hará de acuerdo a los procedimientos establecidos en las leyes locales y si el caso lo amerita, además de las sanciones contenidas en los reglamentos internos de trabajo o la normativa legal, se presentarán denuncias a los órganos jurisdiccionales competentes

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Línea Ética

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País:  Número

USA: 888-374-1694
México: 800-269-4431
Guatemala: 2378-1990
El Salvador: 2248-5090
Honduras: 2202-4041
Costa Rica: 0800 542 5311
Nicaragua: 2255-4511
Panamá: 800 0182
República Dominicana: 1800 751 0145
Puerto Rico: 7875458989
Jamaica: 937-8555
Argentina: 0-800-800-1451
Ecuador: 371-0177
Perú: 412-5560
Uruguay: 2518-5422

Envíanos un email a denuncias.cbc@etictel.com

Visita la pag web: www.ethikosglobal.com/canaldedenuncias 

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Política de calidad e inocuidad

Política de calidad e inocuidad

1. OBJETIVO
Establecer las intenciones globales y orientación general de la organización relacionadas con su desempeño de calidad e inocuidad.

2. ALCANCE
Esta política está dirigida a todas las operaciones – afiliadas y subsidiarias- donde opera el grupo, también a las nuevas operaciones o cualquier expansión del negocio, abarcando todas las áreas de manufactura y centros de distribución. Esta política se establece según programas de certificación que cumplen los requerimientos aprobados por GFSI (Global Food Safety Initiative) los cuales son reconocidos mundialmente.

3. DEFINICIONES

a. Alimento: Sustancia (ingrediente), ya sea procesada, semi-procesada o cruda, que se destina para consumo, e incluye bebidas, goma de mascar y cualquier sustancia que se haya utilizado en la fabricación, preparación o tratamiento de “alimentos”, pero no incluye cosméticos ni tabaco o sustancias (ingredientes) usados solamente como fármacos.

b. Calidad: es el grado en que un conjunto de características inherentes cumple con los requisitos.

c. Codificación: simbología alfanumérica utilizada para identificar exactamente el lugar y el momento de producción de los productos.

d. HACCP: análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control por sus siglas en inglés. Según la norma del Codex Alimentarius, Principios Generales de Higiene de los Alimentos CAC/RCP 1-1969, el sistema HACCP permite identificar, evaluar y controlar peligros significativos para la inocuidad de los alimentos.

e. Inocuidad de los alimentos: inocuidad de los alimentos el concepto que implica que los alimentos no causarán daño al consumidor cuando se preparan y/o consumen de acuerdo con el uso previsto.

f. Programa prerrequisito: son las condiciones y actividades básicas necesarias para mantener a lo largo de toda la cadena alimentaria, un ambiente higiénico apropiado para la producción, manipulación y provisión de productos terminados inocuos y alimentos inocuos para el consumo humano.

g. Sistema de gestión de inocuidad: sistema eficaz de gestión que permite a la organización controlar los peligros relacionados con la inocuidad y que combina la comunicación interactiva, la gestión del sistema, los programas prerrequisito y principios del HACCP, interrelaciona la política y objetivos y garantiza la mejoría continua de los procesos.

h. Trazabilidad: Al considerar un producto, la trazabilidad puede estar relacionada con el origen de los materiales, la historia del procesamiento, la distribución y la localización del producto después de su entrega.

4. NORMAS

4.1 Política de Calidad e Inocuidad

Como Grupo Corporativo dedicado directa o indirectamente a la fabricación de alimentos y bebidas, nos comprometemos a garantizar la calidad e inocuidad de nuestros productos a través de personal competente, la mejora continua de nuestro sistema de gestión de inocuidad, cumpliendo con los requisitos legales, del cliente y otros aplicables y manteniendo una comunicación efectiva con todas las partes interesadas para alcanzar nuestros objetivos.

4.2 Políticas de inocuidad específicas del área de manufactura

4.2.1 Política de Control de Vidrio, Plástico Quebradizo y Cerámico
4.2.1.1
Se debe garantizar la inocuidad de los productos manufacturados y asegurar la ausencia de elementos o retazos de vidrio, plástico quebradizo y cerámicos, durante la producción y traslado del producto terminado, por medio de una adecuada manipulación e inventariado de dichos elementos, siguiendo un plan de contingencia para evitar la contaminación del producto ante eventos de rotura no intencional de vidrio, plástico quebradizo o cerámica.
4.2.1.2 La utilización de vidrio, plástico quebradizo o cerámica dentro de las instalaciones de plantas de producción está restringida. No se pueden utilizar los materiales mencionados en áreas que representen un riesgo para la inocuidad de los productos, excepto en casos necesarios o cuando no sea factible removerlo de inmediato.
4.2.1.3 No se ingresará vidrio, plástico quebradizo ni cerámica con las pertenencias personales.
4.2.1.4 Todo el personal de planta y centros de distribución debe cumplir con las responsabilidades establecidas en el Procedimiento Control de Vidrio, Plástico quebradizo y cerámica.

4.2.2 Política de Codificación en Producto Terminado
4.2.2.1
Se debe garantizar la trazabilidad de los productos manufacturados y asegurar que la producción cumpla con:
a) Empaques obligatoriamente codificados de forma correcta y legible.
b) Verificar y validar en cada producción, el primer y último empaque individual y a cada hora, con la siguiente información mínima contenida: lote, identificación de planta, año, día juliano, línea y hora de producción.
4.2.2.2 Todo el personal debe cumplir lo establecido en el Procedimiento de Codificación en Producto Terminado de la organización y regulaciones propias de cada país de comercialización de productos y utilizar el que sea más exigente.
4.2.2.3 Se debe garantizar que al mercado se distribuyan productos correctamente codificados.
4.2.2.4 No se permite operar las líneas de producción al haberse detectado problemas de codificación.
4.2.2.5 No se permite liberar para comercialización producto sin codificación.
4.2.2.6 Ante un problema de codificación, se debe detener la producción y reanudar hasta el momento de efectuarse las reparaciones pertinentes.
4.2.2.7 El equipo de codificación de empaque de producto terminado debe aplicar los códigos como lo requiera cada producto y empaque individual en particular y según los reglamentos locales y de comercialización de productos.
4.2.2.8 Si se detectan productos con problema de codificación en el mercado, se debe cumplir lo establecido en el Procedimiento de Retiro de Producto.

4.3 Norma para las áreas involucradas en la cadena de suministros

Para garantizar la inocuidad y calidad de los productos, todo el personal de las áreas involucradas en el proceso general de manufactura como: Compras, Investigación y Desarrollo, Logística, Gente y Gestión, Proyectos, entre otras, deben apegarse al cumplimiento de los procedimientos, manuales y documentos establecidos en el Pilar Calidad, de los procesos de Supply.

4.4 Cumplimiento con la ética e integridad

Todos los colaboradores deben ejecutar sus labores en la compañía con estricto apego a la ética y la integridad, cumpliendo con los lineamientos establecidos en el Código de Ética, las Políticas Internas que apliquen al área correspondiente, así como la Política Anticorrupción y el Sistema de Gestión Antisoborno.

5. ROLES Y RESPONSABILIDADES

Gerentes de Planta
• Promover el compromiso y cumplimiento de la política, procedimientos internos, requisitos legales y otros establecidos en cada país de operación.
• Promover el cumplimiento de la política, mediante la propuesta e implementación de proyectos que permitan minimizar los riesgos de inocuidad y calidad.
• Garantizar que el punto 4.1 de esta Política se encuentre exhibido y visible en los accesos a las instalaciones.

Director de Manufactura
• Promover el compromiso y cumplimiento de la política, procedimientos internos, requisitos legales y otros establecidos en cada país donde se opera.

Empleados de las plantas y centros de distribución
• Conocer y cumplir la Política de Calidad e Inocuidad.
• Conocer y cumplir el Procedimiento Control de Vidrio, Plástico Quebradizo y Cerámico y Procedimiento de Codificación en Producto Terminado.
• Cumplir todos los procedimientos relacionados con la presente política y el Pilar Calidad de los procesos de Supply.

Gerente de Gente y Gestión Local (planta, país)
• Garantizar que la Política de Calidad e Inocuidad se incluya como parte del Inycie en la organización y en el plan de capacitación anual que abarque a todo el personal de plantas y centros de distribución.
• Garantizar la divulgación y concientización de la presente política.
• Garantizar que los Procedimientos de Codificación en Producto Terminado y Control de Vidrio, Plástico Quebradizo y Cerámico se incluya en el plan de capacitación anual del personal de las plantas de producción y centros de distribución.

6. RIESGOS

La presente política está orientada a gestionar los riesgos listados, pero no limitados a la lista a continuación:

a) Riesgo Estratégico:
• Pérdida de relaciones comerciales con Franquicias.

b) Riesgo Financiero:
• Pérdidas de dinero por retiro o derrame de producto con problemas de calidad o inocuidad.

c) Riesgo de Cumplimiento:
• Productos comercializados con baja calidad.
• Productos comercializados que puedan causar daños al consumidor.
• Multas o sanciones por incumplimientos legales.

d) Riesgo Operativo:
• Cierre de plantas (temporal o permanente) por incumplimientos legales.
• Incumplimientos con los procedimientos establecidos de producción.
• Respuesta incorrecta ante un riesgo de retiro de producto (falta de trazabilidad).

e) Riesgo Reputacional:
• Exposición negativa de la imagen de la compañía.
• Retiro de producto.

7. SANCIONES

Toda falta asociada a ocultar o adulterar información relacionada a los aspectos de calidad o inocuidad de los procesos o productos, o que pongan en riesgo la salud de los consumidores viene acompañada de una sanción grave.

La presente política está orientada a aplicar las sanciones listadas, pero no limitadas a la lista a continuación, dependiendo de la gravedad de la falta conforme a la legislación de cada país:

• Llamada de atención verbal.
• Llamada de atención escrita.
• Suspensión de labores sin goce de salario.
• Despido.

De comprobarse que existió una violación a la ética e integridad, las disposiciones descritas en el Código de Ética, las Políticas Internas que apliquen al área correspondiente, así como la Política Anticorrupción y el Sistema de Gestión Antisoborno, se aplicarán las medidas disciplinarias dependiendo de la gravedad de la falta y de conformidad con los procedimientos establecidos en la legislación o fuentes de derecho de cada país.

8. ANEXOS – DOCUMENTOS RELACIONADOS

CÓDIGONOMBRE DEL DOCUMENTO
ExternoNorma FSSC- 22000:2005
fab-cal-ppr-0-prd-009Procedimiento Control de Vidrio, Plástico Quebradizo y Cerámico.
fab-cal-ppr-0-prd-011Procedimiento de Codificación de Producto Terminado.
fab-cal-ppr-0-prd-012Procedimiento Retiro de Producto.

10. NIVELES DE APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN

FIRMANOMBREPUESTOUNIDAD DE NEGOCIO
Dueño del ProcesoJunta DirectivaJunta DirectivaJD
DiseñóAna FrancoGerente de Aseguramiento de Calidad y ProcesosApex
RevisóBrenda BoteoGerente de Riesgos CorporativosApex
 Gloria RamosGerente de Gobierno CorporativoApex
AprobóAlejandro FernándezVicepresidente Manufactura COEApex
 Magda TunchezDirector de AuditoríaApex
 Francisco RamosDirector de ComplianceApex
 Marco MéridaGerente de Riesgos Corporativos y Control InternoApex
 Juan Pablo GonzálezControllerApex
 Heidy GarcíaGerente Legal de Asuntos LaboralesApex
 Carlos Gerardo BoschHead JurídicoBia
AutorizóLuis Miguel CastilloRepresentante Junta DirectivaJD

11. MODIFICACIONES DE LA POLÍTICA

VERSIÓNFECHADESCRIPCIÓN DEL CAMBIO
2Octubre 2020ALCANCE: Se incluye al “centro de distribución”. Se elimina la frase: “y logística desde la compra de materias primas hasta el almacenaje de productos en las agencias”.
DEFINICIONES: Se agrega definición de alimento. Se agrega definición de Trazabilidad.
POLITICA: Se agregó la palabra “personal competente” a la política global. Se agrega la frase: “para alcanzar nuestros objetivos” al final. Se modificó la frase “sistema de gestión de inocuidad” por “pilar Calidad”, excepto en el punto 4.1 donde permanece “sistema de gestión de inocuidad”.
4.2 se corrigen errores de redacción.
4.2.1.4 se agrega que el personal de centro de distribución también debe cumplir el procedimiento de Control de vidrio, plástico quebradizo y cerámico.
4.2.2.1 se elimina el ítem c) y se coloca como un ítem separado. Se modificaron las responsabilidades.
4.2.2.4 se mejora redacción de la siguiente manera: “no se permite operar las líneas de producción al haberse detectado problemas de codificación”. 4.3 se cambia la palabra política por Norma.
RESPONSABILIDADES: Se elimina la responsabilidad del Gerente de operaciones y servicios. Se aclara que las directorias asociadas son las de Manufactura. Se mejora redacción de responsabilidades del gerente de Gente y Gestión.
 Septiembre 2021Se modifica definición de trazabilidad, colocando la siguiente definición: “Al considerar un producto, la trazabilidad puede estar relacionada con el origen de los materiales, la historia del procesamiento, la distribución y la localización del producto después de su entrega”.
Se eliminan las referencias a normas específicas en las definiciones de calidad, inocuidad de los alimentos y programas prerrequisitos. Se cambia la palabra dedicada por dedicado en el punto 4.1.
Se extiende alcance, agregando la frase: “Esta política se establece según programas de certificación que cumplen los requerimientos aprobados por GFSI (Global Food Safety Initiative) los cuales son reconocidos mundialmente.”
 

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Política global de Derechos Humanos

Política global de Derechos Humanos

1. INTRODUCCIÓN

Respetamos y promovemos el respeto de los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos y enunciados en la Carta Internacional de Derechos Humanos, en la Convención Americana de Derechos Humanos, en los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo contenidos en la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y en los Convenios Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo. De igual manera, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.

Grupo Corporativo se compromete igualmente a respetar la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, a Convención sobre los Derechos del Niño; entre otros.

Este compromiso está reflejado en el Código de Ética del Grupo Corporativo y se expide con el fin de que todos sus empleados, colaboradores, contratistas y proveedores actúen en todo momento bajo el cumplimiento de este y del respeto a los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos.

La presente política indica responsabilidades asignadas a posiciones que corresponden a personal de Global Mobility Apex – Apex, a quien Bia Food Investments y sus subsidiarias ha designado como proveedor de servicios de asesoría y soporte en procesos específicos concernientes a la presente política.

2. OBJETIVOS
La presente política tiene como objetivo general promover el respeto de los Derechos Humanos en la compañía y en sus proveedores.

Los objetivos específicos para desarrollar a través de esta Política son los siguientes:

a. Prohibir y no tolerar cualquier violación a los tratados de Derechos Humanos internacionalmente reconocidos.
b. Prohibir y no tolerar cualquier violación a la Política de Derechos Humanos en todas sus formas y en cualquier situación.
c. Requerir el cumplimiento de todas las leyes aplicables en cada país en el que la compañía opere y de la presente política, así como de los tratados de Derechos Humanos internacionalmente reconocidos.
d. Prohibir y no tolerar ninguna forma de represalias en contra de colaboradores que plantean denuncias de buena fe o que colaboran en procesos de investigación de dichas denuncias.
e. Promover el planeamiento de inquietudes y denuncias de buena fe o sobre la base de una creencia razonable y sin temor a represalias.

3. ALCANCE
La presente Política de Derechos Humanos es de aplicación general a todos los colaboradores, funcionarios, alta dirección, miembros de cualquier órgano de administración o fiscalización relacionados con las entidades que forman parte de Grupo Corporativo, incluyendo proveedores, socios de negocio, sus subsidiarias y empresas relacionadas.

4. DEFINICIONES
a. Carta Internacional de Derechos Humanos: Se conoce como Carta Internacional de Derechos Humanos al siguiente conjunto de instrumentos sobre Derechos Humanos, proclamados por las Naciones Unidas, en diversos momentos: La Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966, entrada en vigor el 23 de marzo de 1976; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 y entrada en vigor el 3 de enero de 1976; el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado por la Asamblea General el 10 de diciembre de 2008 y entrada en vigor el 5 de mayo de 2013.

b. Declaración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su seguimiento: Adoptada en 1998, los Estados Miembros a respetar y promover los principios y derechos comprendidos en cuatro categorías: la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, la abolición del trabajo infantil y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

c. Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Son los principios relativos a la responsabilidad de las empresas de respetar los Derechos Humanos. Estos Principios fueron adoptados por consenso por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas en el año 2011.

d. Debida Diligencia en Derechos Humanos: Este proceso es una evaluación para abordar proactivamente los impactos potenciales de las actividades principales de la compañía sobre los Derechos Humanos, la integración de las conclusiones en un informe y la elaboración recomendaciones de acuerdo con la evaluación. El proceso de Debida Diligencia en materia de Derechos Humanos se adoptará según lineamientos de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (2011).

e. Global Mobility Apex: Entidad prestadora de servicios externos que forma parte del Grupo Corporativo.

f. Grupo Corporativo: Está conformado por todas las unidades de negocio de BIA Foods Investments, Inc., incluyendo sus subsidiarias y empresas que formen parte o lleguen a formar parte en el futuro.

g. Línea Ética: Es una herramienta mediante la cual cualquier accionista, directivo, colaborador, contratista, socio, proveedor e incluso terceros, pueden poner en conocimiento, inclusive de forma anónima, cualquier conducta indebida que pueda configurar o que configure una violación a la presente política, al Código de Ética, legislación nacional o internacional vigente, o a políticas internas.

h. Actividades principales de la compañía: Son las actividades que desarrolla en forma directa y que están relacionadas con el giro principal del negocio (ejemplo: manufactura, logística, comercialización, entre otros).

i. Proveedores directos estratégicos: Son los proveedores de bienes y servicios que son esenciales para el desarrollo del giro del negocio definidos por la Dirección General de BIA o a quién ésta designe para negociar contratos de compras y servicios, para cada una de las unidades de negocios entre los que se incluyen materias primas, materiales de empaque, servicios de logística, entre otras.

5. NORMAS
5.1 Compromiso Público

La compañía se compromete públicamente con el respeto y la promoción de los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos comunicándolo por los medios que estime convenientes.

5.2 Capacitación y desarrollo de capacidades

La capacitación juega un papel importante para incorporar el respeto por los Derechos Humanos a nuestras actividades y operaciones empresariales. Por esta razón, el Grupo Corporativo debe contar con programas de capacitación para sus empleados y proveedores directos estratégicos para el cumplimiento de esta Política.

El entrenamiento se hará de forma anual y debe incluir un módulo diseñado para concientizar sobre la existencia, contenido y alcance de esta Política, así como proporcionarles a los colaboradores y a los proveedores directos estratégicos una comprensión clara y detallada de los Derechos Humanos, los derechos laborales y que los mismos sean relevantes para las empresas. Esto estará a cargo de los Departamentos de Gente y Gestión de Apex y de Compras de Apex, en coordinación con los Departamentos de Gente y Gestión y Compras de las unidades de negocio de Bia.

Dentro de los contratos de bienes y servicios del Grupo Corporativo se debe incluir el compromiso expreso de cumplimiento de los principios y valores contenidos en el Código de Ética y en la presente política, incluyendo un compromiso de cumplimiento de la legislación nacional vigente. Se deberá garantizar el cumplimiento de lo anteriormente dispuesto en la negociación de condiciones con dichos proveedores sin excepción, ya sea para nuevos contratos o renovaciones. Se deberá incluir en cada contrato, en la medida de lo posible, que el incumplimiento de los principios y valores contenidos en el Código de Ética, incluyendo un compromiso de cumplimiento de la legislación nacional vigente y de la presente política por parte del tercero, implicaría la terminación del contrato por parte de la unidad de negocio del grupo corporativo, sin responsabilidad de su parte.

5.3 Proceso de Debida Diligencia

Grupo Corporativo y todas las empresas relacionadas con el mismo deben adoptar un proceso de Debida Diligencia en Derechos Humanos, que incluirá la realización periódica de un Estudio de Impactos de Derechos Humanos, la adopción de una estrategia de integración y/o mitigación y remediación de los impactos reales y potenciales identificados, y el reporte público de la gestión de riesgos de impactos en Derechos Humanos.

Este proceso de debida diligencia deberá incluir consultas sustantivas a stakeholders. El proceso será liderado por la Dirección de Asuntos Corporativos de Apex con el acompañamiento de un experto en Derechos Humanos y del Comité de Riesgos del Grupo Corporativo.

Esta evaluación puede integrarse en el marco de otros procesos, como las evaluaciones de riesgo o de impacto ambiental, incluirán como punto de referencia todo el espectro de los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos.

El Proceso de Debida Diligencia en materia de Derechos Humanos se llevará a cabo de acuerdo con un plan anual que presentará la Dirección de Asuntos Corporativos de Apex en coordinación con la unidad de negocios que corresponda y de acuerdo con su giro de negocio.

El Grupo Corporativo también recomienda a sus proveedores estratégicos a que elaboren procesos de Debida Diligencia en Derechos Humanos proporcionales a su tamaño, sector y capacidad, al igual que habiliten mecanismos de quejas y reclamos de fácil acceso para sus grupos de interés.

5.4 Prevención y Mitigación

Para prevenir y mitigar riesgos e impactos potenciales y reales sobre los Derechos Humanos, la compañía integrará las conclusiones y recomendaciones de la Debida Diligencia en el marco de sus funciones y procesos internos pertinentes y tomará las medidas que correspondan en forma semestral.

Para que la integración de las recomendaciones sea eficaz, es preciso que: i) la responsabilidad de tomar las acciones correspondientes se asigne a los niveles y funciones adecuados dentro de la empresa, incluyendo en el nivel directivo de la misma; ii) la adopción de decisiones internas, las asignaciones presupuestarias y los procesos de supervisión permitan cumplir con las recomendaciones que se realicen.

Las medidas que deban adoptarse variarán en función de: i) que la empresa sea la que identifique un impacto real o potencial de sus operaciones directas; ii) que se identifique un riesgo de impacto potencial o real en alguno de sus proveedores estratégicos

En caso de que se identifique que uno de los proveedores estratégicos del Grupo Corporativo está generando un impacto negativo a los Derechos Humanos, el Grupo Corporativo alentará para lograr un cambio de comportamiento adecuado por parte del proveedor, buscando que cese el impacto. De no lograrlo, se valorará la posibilidad de dar por terminada la relación contractual con el proveedor. Para determinar lo anterior, la compañía buscará evaluar el cumplimiento de esta Política por parte de los proveedores que sean priorizados de acuerdo con su nivel de riesgo de impactar los Derechos Humanos

Cualquier recomendación que emane del Proceso de Debida Diligencia deberá ser comunicada internamente en el Grupo Corporativo al Comité de Riesgos del Grupo Corporativo para fortalecer la comprensión de la importancia del respeto de los Derechos Humanos. El Grupo Corporativo deberá incluir los riesgos de impactos identificados en el Estudio de Impactos a los Derechos Humanos dentro de su sistema general de gestión de riesgos, con el fin de garantizar un proceso continuo de retroalimentación y mejora en la materia para la mitigación de riesgos de incumplimiento.

5.5 Principios Rectores de la Política

We recognize, as established in the Declaration of the International Labor Organization on Fundamental Principles and Rights at Work, that it is vital to maintain the link between social progress, economic growth and the assurance of the fundamental principles and rights at work.

We are committed to respect, promote and uplift, in good faith and in accordance with each country´s local laws and ILO´s international principles, the principles related to the following fundamental rights at work, also expecting that our suppliers will specifically commit to fulfill them.

5.6 Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo

Reconocemos, como lo establece la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, que mantener el vínculo entre progreso social, crecimiento económico y la garantía de los principios y derechos fundamentales en el trabajo reviste gran importancia.

Tenemos el compromiso de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe y de conformidad con las leyes locales de cada país y los principios internacionales de la OIT, los principios relativos a los siguientes derechos fundamentales en el trabajo, esperando igualmente que nuestros proveedores se comprometan específicamente con el cumplimiento de estos.

5.6.1 Eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio

El Grupo Corporativo prohíbe de acuerdo con el Convenio No. 29 de la OIT sobre el Trabajo Forzoso de 1930 y el Convenio No. 105 de la OIT sobre la Abolición del Trabajo Forzoso de 1957, todas las formas de trabajo forzoso, obligatorio, el trabajo en condiciones de servidumbre, el trabajo en situación de esclavitud y cualquier forma de trata de personas. No se tolerará el uso de castigos físicos o amenazas de violencia u otras formas de abuso físico, sexual, psicológico o verbal como método de disciplina o control en el lugar de trabajo.

5.6.2 Prohibición de Acoso y Discriminación

De acuerdo con lo dispuesto en el Convenio No. 100 de la OIT Sobre Igualdad de Remuneración de 1951 y con el Convenio No. 111 sobre la Discriminación en el Empleo y la Ocupación de 1958, se prohíbe cualquier tipo de discriminación o acoso basado en edad, raza, sexo, color, origen, nacionalidad, religión, identidad de género, discapacidad, orientación sexual, estado de embarazo o cualquier otro estado protegido por las leyes locales.

La base de los procesos de reclutamiento, contratación, capacitación, compensación y acceso a los planes de carrera será la meritocracia basada en las calificaciones, habilidades, experiencia y desempeño.

Valoraremos la diversidad y las contribuciones únicas de nuestros colaboradores y se tendrá un compromiso con la igualdad de oportunidades y la intolerancia a la discriminación y el acoso.

5.6.3 Abolición efectiva del trabajo infantil

Basados en lo dispuesto en los Convenios de la OIT No. 182 Sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil de 1999 y No. 138 Sobre la Edad Mínima de 1973, reconocemos que cada niña y cada niño tienen el derecho y la oportunidad de desarrollar plenamente su potencial físico y mental.

El trabajo infantil no tendrá cabida en nuestro grupo corporativo por lo que se prohíbe la contratación de personas menores de edad, considerando como mayoría de edad la que establecen las leyes locales en cada país en el que se tenga operaciones.
La compañía considera como mayoría de edad los 18 años.
Comunicaremos e informaremos a nuestros proveedores sobre la importancia de erradicar el trabajo infantil.

5.6.4 Condiciones de trabajo seguras y saludables

El Grupo Corporativo proporcionará y mantendrá lugares y ambientes de trabajo seguros y saludables que cumplan con las leyes, regulaciones y requisitos laborales, de seguridad y salud aplicables, incluyendo la adopción de medidas preventivas de los colaboradores, para los clientes y otros grupos de interés ante la presencia de epidemias o pandemias. Nos comprometemos a colaborar con nuestros empleados para mejorar continuamente la salud y la seguridad en nuestros lugares de trabajo, incluida la identificación de riesgos y la adopción de medidas correctivas y preventivas.

5.6.5 Libertad de asociación, libertad sindical y derecho de negociación colectiva

Respetando lo dispuesto en los Convenios de la OIT No. 87 Sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación de 1948 y No. 98 Sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva de 1949, la compañía respetará el derecho de nuestros empleados a unirse, formar o no unirse a un sindicato sin temor a represalias, intimidación o acoso. Cuando los empleados están representados por un sindicato legalmente reconocido, estamos comprometidos a establecer un diálogo constructivo con sus representantes libremente elegidos. Nos comprometemos a llevar a cabo negociaciones colectivas de buena fe con dichos representantes.

5.7 Línea Ética

La Línea Ética está administrada por un proveedor independiente bajo los estándares éticos y de confidencialidad. Las vías de acceso son números telefónicos habilitados en cada uno de los países donde operamos, correo electrónico y página web, según se encuentra descrito en el Código de Ética y se buscará informar activamente sobre el acceso y funcionamiento de ésta a grupos de interés que puedan resultar potencialmente afectados, especialmente cuando se trate de grupos vulnerables con difícil acceso a la tecnología.

La Línea Ética podrá ser utilizada por los grupos de interés como Mecanismo de Denuncias y Reclamos y con el fin de expresar inquietudes sobre asuntos relacionados con impactos a los Derechos Humanos. Existirá un mecanismo escrito y claro sobre el trámite que se dará a las denuncias.

En caso de que proceda, las denuncias presentadas se trasladarán a las autoridades externas competentes para su conocimiento por medio del Departamento Legal de Bia cumpliendo con las regulaciones de cada país en donde aplique.

Aquellas personas que denuncien una conducta indebida o violatoria al Código de Ética, a esta Política y/o regulaciones aplicables acá descritas y en otras Políticas, así como aquellas personas que cooperen en una investigación, estarán protegidas contra represalias. El Grupo Corporativo prohíbe y sancionará cualquier tipo de represalias, incluso con despido, actos contra denunciantes o colaboradores del procedimiento de investigación. La sanción disciplinaria se aplicará con base en lo establecido en el Código de Ética, Contrato Individual de Trabajo, Reglamento Interior de Trabajo y el Reglamento de Sanciones respetando en todo momento las garantías al debido proceso y la legislación local

El Comité de Ética del Grupo Corporativo es el responsable de conocer las denuncias de posibles violaciones al Código de Ética, a ésta y a las otras Políticas del Grupo Corporativo. El Departamento de Compliance de Apex, en coordinación con el Departamento Legal de Bia, es el área responsable de gestionar las investigaciones.

El acceso a los mecanismos de remediación de denuncias al canal de ética no impide la posibilidad de que quien presenta la denuncia, si así lo estima pertinente, acuda a otros mecanismos externos bajo todas las garantías que ofrece la Ley. El Grupo Corporativo colaborará plenamente con las autoridades y procedimientos que se implementen externamente en relación con denuncias que versen sobre riesgos e impactos potenciales o reales a la Política de Derechos Humanos.

5.8 Mecanismo de Remediación o Reparación

Si el Grupo Corporativo detecta una situación de potencial violación a los Derechos Humanos enunciados en los Principios Rectores de la presente Política, ya sea mediante el Proceso de Debida Diligencia en materia de Derechos Humanos o por otros medios, adoptará las acciones necesarias para remediar esa situación, por sí sola o en cooperación con otros actores.

Si se ha identificado un impacto potencial o real negativo de parte de uno de los proveedores directos estratégicos, la responsabilidad de corregir o remediar dicho impacto es del proveedor. No obstante, la empresa trabajará en la medida en la que le sea posible con el proveedor directo estratégico para guiarlo en la adopción de decisiones encaminadas a remediar los impactos adversos a Derechos Humanos relacionados con sus operaciones, productos o servicios. Sin embargo, el Grupo Corporativo dará seguimiento a las acciones a implementar y podrá tomar la decisión de prescindir de los servicios de este proveedor en función del análisis de impactos y riesgos en Derechos Humanos que llevará a cabo Asuntos Corporativos y que presentará al Comité de Riesgos del Grupo Corporativo para decisión final.

El Grupo Corporativo contará con la asesoría de un experto en Derechos Humanos para establecer mecanismos de remediación si el caso se presenta, contando además con la participación y asesoría del Departamento Legal de Bia.

5.9 Consulta con expertos independientes en Derechos Humanos

El Grupo Corporativo podrá consultar con expertos independientes en Derechos Humanos sobre el enfoque general de los Derechos Humanos, sobre los procesos de Debida Diligencia y sobre la forma de responder frente a una denuncia de posible incumplimiento.

Se compartirán conocimientos y mejoras prácticas según lo establecido en el procedimiento de esta política.

5.10 Informes

Se informará públicamente como mínimo de forma anual sobre el cumplimiento de la presente Política de acuerdo con lo que establezca el procedimiento y la normativa respectiva. La elaboración del informe estará a cargo de la Dirección de Asuntos Corporativos de Apex, así como la definición de la estrategia de comunicación de este a las partes interesadas.

6. ROLES Y RESPONSABILIDADES

CEO DE BIA: GARANTIZARÁ EL CUMPLIMIENTO DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES SOBRE LA ELABORACIÓN DEL PROCESO DE DEBIDA DILIGENCIA EN DERECHOS HUMANOS, CAPACITACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA NORMATIVA DE LA PRESENTE POLÍTICA PARA TODOS LOS COLABORADORES.

LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS CORPORATIVOS DE APEX

A) IMPARTIRÁ LOS LINEAMIENTOS GENERALES SOBRE LA ELABORACIÓN DEL PROCESO DE DEBIDA DILIGENCIA EN DERECHOS HUMANOS, IDENTIFICANDO LAS ACTIVIDADES PRINCIPALES DE LA COMPAÑÍA DE ACUERDO CON EL GIRO DE NEGOCIO. EL PROCESO DE DEBIDA DILIGENCIA SERÁ COORDINADO POR LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS CORPORATIVOS DE APEX CON EL ACOMPAÑAMIENTO DE UN EXPERTO EN DERECHOS HUMANOS Y DEL DEPARTAMENTO DE M&A DE APEX COMO CUALQUIER OTRO QUE SEA REQUERIDO PARA LA REVISIÓN. LOS RESULTADOS DEL PROCESO DE DEBIDA DILIGENCIA SE DARÁN A CONOCER AL COMITÉ DE RIESGOS DEL GRUPO CORPORATIVO.

B) ES LA RESPONSABLE DE VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA Y DE DAR A CONOCER EL COMPROMISO PÚBLICO QUE ESTABLECE LA PRESENTE POLÍTICA. ASÍ MISMO, ES LA RESPONSABLE DESARROLLAR PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN E INDUCCIÓN A LOS PROVEEDORES DIRECTOS ESTRATÉGICOS, EN CONJUNTO CON GYG.

EL DEPARTAMENTO DE GENTE & GESTIÓN DE APEX: ES EL RESPONSABLE DE LA COMUNICACIÓN INTERNA DE LA PRESENTE POLÍTICA Y DE LLEVAR A CABO CAMPAÑAS PERIÓDICAS DE COMUNICACIÓN Y CAPACITACIÓN SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS LABORALES.

LA DIRECCIÓN DE COMPRAS DE APEX: ES LA RESPONSABLE DE LA IDENTIFICACIÓN DE LOS PROVEEDORES DIRECTOS ESTRATÉGICOS Y DE GARANTIZAR LA ADHESIÓN DE ESTOS AL CÓDIGO DE ÉTICA Y A LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE POLÍTICA.

LA DIRECCIÓN DE COMPLIANCE DE APEX: ES LA RESPONSABLE DE INVESTIGAR CASOS DENUNCIADOS, PROPONER PLANES DE ACCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO Y DAR SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN DE ESTOS E IDENTIFICAR LAS NORMAS Y REGULACIONES APLICABLES QUE MITIGUEN RIESGOS DE INCUMPLIMIENTO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS, EN CONJUNTO CON LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS CORPORATIVOS DE APEX

LA DIRECCIÓN DE M&A DE APEX: ES LA RESPONSABLE DE INCLUIR DENTRO DEL PROCESO DE DEBIDA DILIGENCIA LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN RELACIONADA A ANTECEDENTES RELACIONADOS CON EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA EMPRESA EN PROCESO DE ANÁLISIS, PARA ESTABLECER EL NIVEL DE CUMPLIMIENTO.

LA GERENCIA DE PMI DE APEX: ES LA RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO DE CIERRE DE BRECHAS IDENTIFICADOS EN EL PROCESO DE DEBIDA DILIGENCIA Y GESTIONAR NUEVOS RIESGOS RELACIONADOS CON EL INCUMPLIMIENTO DE DERECHOS HUMANOS DURANTE EL PROCESO DE INTEGRACIÓN DE LAS NUEVAS ADQUISICIONES.

7. RIESGOS
Riesgos empresariales que mitiga la presente Política:

Riesgo Legal: Demandas por entidades reguladoras por incumplimiento en los Derechos Humanos y Laborales.

Riesgo Operacional y de Cumplimiento: Falta de apego a los valores y cultura de la organización. Inadecuada supervisión en el cumplimiento de leyes laborales aplicables al Grupo Corporativo

Riesgo Reputacional: Opinión pública negativa por denuncias públicas de incumplimiento en Derechos Humanos y Derechos Laborales.

8. SANCIONES
Cualquier incumplimiento de la presente Política y los procedimientos y políticas relacionadas, estará sujeto a medidas disciplinarias que deberán ser aplicadas a los empleados que hayan cometido la falta de manera directa, o por omisión, al igual que la posible remisión a las autoridades judiciales y penales competentes en caso de que el asunto sea de su competencia.

Las sanciones dependerán de la magnitud de la falta realizada por el incumplimiento de la Política y se regirá por las leyes de cada país, los tratados internacionales de derechos humanos que resulten relevantes y los reglamentos internos de trabajo.

 

9. ANEXOS – DOCUMENTOS RELACIONADOS

CÓDIGONOMBRE DEL DOCUMENTO
N/ACódigo de Ética
N/ACarta Internacional de Derechos Humanos
N/AConvención Americana de Derechos Humanos
N/APrincipios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas
N/ADeclaración Internacional del Trabajo relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo
N/AConvenio No. 98 de la OIT sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva (1949)
N/AConvenio No. 29 de la OIT sobre el Trabajo Forzoso de la OIT (1930)
N/AConvenio No. 138 de la OIT sobre la Edad Mínima (1973)
N/AConvenio No. 105 de la OIT sobre la Abolición del Trabajo Forzoso (1957)
N/AConvenio No. 182 de la OIT sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil (1999)
N/AConvenio No. 100 de la OIT sobre Igualdad de Remuneración (1951)
N/AConvenio No. 111 de la OIT sobre la Discriminación (empleo y ocupación) (1958)
N/AConvenio No. 87 de la OIT sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación (1948)
N/AEmpresas y Derechos Humanos: Estándares Interamericanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos


10. NIVELES DE APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN

FIRMANOMBREPUESTOUNIDAD DE NEGOCIO
Dueño del ProcesoRosa María de FradeDirectora de Asuntos CorporativosApex
DiseñóAlexandra VidalGerente de Asuntos CorporativosApex
RevisóBrenda BoteoGerente de Riesgos CorporativosApex
 Gloria RamosGerente de Gobierno CorporativoApex
AprobóRosa María de FradeDirectora de Asuntos CorporativosApex
 Magda TunchezDirector de AuditoríaApex
 Francisco RamosDirector de ComplianceApex
 Marco MéridaGerente de Riesgos Corporativos y Control InternoApex
 Juan Pablo GonzálezControllerApex
 Heidy GarcíaGerente Legal de Asuntos LaboralesApex
 Carlos Gerardo BoschHead JurídicoBia
Autorizó   


11. MODIFICACIONES DE LA POLÍTICA

VERSIÓNFECHADESCRIPCIÓN DEL CAMBIO
1N/AN/A

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